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Viviendas V.P.O.

 

El registro es un instrumento que:


-Proporciona información actualizada sobre demanda de vivienda, permitiendo a las Administraciones Locales y de la Comunidad Autónoma adecuar sus políticas de vivienda y suelo.
 
- Establece las bases para la adjudicación de viviendas de protección pública en el ambito municipal.

 
Está regulado por la Orden de 1 de julio de 2009, donde se señalan los requisitos y procedimientos que deben seguirse para la adjudicación de vivienda protegida con el fin de garantizar los principios de igualdad, publicidad y concurrencia recogidos en la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo.
 
El Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas es competencia del propio Ayuntamiento, quien redactará, o si fuera el caso, modificará, y aprobará las BASES por las que se ha de regir para su funcionamiento.
 
El Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas, consciente de la necesidad de los ciudadanos al acceso a una vivienda, procede a la creación del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas protegidas.

El Registro Publico de Demandantes es un fichero de titularidad municipal y de carácter publico, previsto para el tratamiento de datos que facilite la organización de la demanda y adjudicación de vivienda protegida.

El ámbito del Registro Público de Demandantes es el propio del Municipio de Benalup-Casas Viejas. Dirigete a nuestro ayuntamiento.
Las competencias de gestión y administración del Registro corresponden al Ayuntamiento.
La dirección del Registro Publico de Demandantes es competencia del Alcalde  y podrá ser delegada en la forma legalmente prevista.
Los datos tratados en el Rgistro se obtendrán a través de las solicitudes y comunicaciones presentadas por los demandantes de una vivienda protegida, de las solicitudes y comunicaciones realizadas por los promotores de una vivienda protegida, y de oficio por el propio Registro en colaboración con otras Administraciones.
Las solicitudes y comunicaciones se realizarán en soporte telematico o soporte papel.

Los datos del Registro Publico se pondran a disposicion de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de vivienda, a los solos efectos de coordinar una base de datos común.
El Registro Publico de Demandantes es un fichero sometido a medidas de seguridad de nivel alto.
El Registro se gestionará por medios telemáticos.
El Registro es gratuito.

El Registro utilizará la aplicación informatica para la recogida y gestion de datos dispuesta por la Consejería de de vivienda y ordenación de Territorio.

Podrán solicitar la inscripción como demandante de vivienda protegida en el Registro Publico de demandantes de viviendas protegidas de Benalup-Casas Viejas, las personas físicas mayores de edad que tengan interés en residir en el municipio.

La solicitud se presentará en cualquier momento en soporte papel en la sede del Registro  o por via telematica a traves de la web que se le habilite o en la que se integre dicho Registro.
De acuerdo con la normativa de protección de datos, el modelo normalizado de solicitud informara con claridad al solicitante del uso que se va a dar a los datos personales.
Los demandantes se seleccionaran de acuerdo con los cupos establecidos, teniendo en cuenta, dentro de cada cupo, la mayor antiguedad en la inscripcion.

Es necesario que adjuntes en el ayuntamiento:

     La solicitud cumplimentada

     Fotocopia D.N.I.

     Fotocopia Libro Familia

     Certificado retenciones 2009 o fotocopia declaración de la renta

     Vida laboral actualizada


 

Excmo. Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas - C/ Cantera, s/n 11190 Benalup- Casas Viejas
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